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​Dada la característica sistémica – y el potencial de transmisión y magnificación de las crisis y desequilibrios – y la vinculación directa de los servicios financieros con la estabilidad, se identificó la necesidad de que el proceso de integración del Mercosur en este sector trate adecuadamente las especificidades que el sistema financiero demanda.
 

De esta manera, la conducción del proceso de profundización de la integración financiera del bloque quedó a cargo de los reguladores del sector financiero (bancario, mercado de valores, seguros) de los países del Mercosur.

Para asumir esta tarea, conduciendo las negociaciones con vistas a hacer avanzar la integración financiera, se constituyó el Subgrupo de Trabajo N° 4 – Asuntos Financieros (SGT-4), actualmente conocido como "Mercosur Financiero".

En función de la importancia de coordinar las acciones de los reguladores financieros en la región, el grupo de trabajo comenzó a funcionar en 1990, antes de la creación oficial del Mercosur, que ocurrió en 1991, y fue cambiando de nombre, a partir de las fechas que se detallan a continuación:

  • 27 de setiembre de 1990 – Aspectos financieros relacionados al comercio.
  • 27 de setiembre de 1991 – Políticas fiscal y monetaria relacionadas con el comercio.
  • 20 de octubre de 1995 – Asuntos financieros.

El objetivo final del Mercosur Financiero (SGT-4) es constituir un mercado común regional en los servicios financieros (bancos, seguros, mercado de valores) que sea sólido, eficiente, resistente a las crisis, mitigue la posibilidad de surgimiento, ampliación y transmisión de crisis, sentando las bases para la estabilidad financiera y monetaria en la región. Es decir, trabajase por una integración que garantice la estabilidad monetaria y la solidez del sistema financiero en el Mercosur.

Tiene como instrucción política del Consejo Mercado Común (CMC) el profundizar la integración a través de la consolidación y perfeccionamiento de la unión aduanera y la inserción regional e internacional del Mercosur. Al mismo tiempo, está comprometido en la tarea de identificación y eliminación de las medidas restrictivas al comercio de servicios financieros.

El Mercosur Financiero (SGT-4) es un foro técnico, compuesto por funcionarios de línea de las áreas de bancos centrales y de los reguladores y supervisores de los diferentes tipos de servicios financieros, especialistas en las normas que los regulan. En la estructura formal del Mercosur, está subordinado al Grupo Mercado Común (GMC) y este al ya citado CMC.

Es constituido por:

  • Coordinación Nacional (CN) – a la cual están subordinados:

         - Comisión de Sistema Bancário (CSB) – a la cual está subordinada:

                . Subcomisión de Presentación de Estados Contables (ScPEC).

         - Comisión de Prevención del Lavado de Dinero y del Financiamiento del Terrorismo (CPLDFT).

         - Comisión de Mercado de Valores (CMV).

         - Comisión de Seguros (CS).

En estos grupos se han creado ámbitos de alto nivel profesional que han permitido el intercambio de experiencias y conocimientos a través de seminarios y talleres.

  • Países en proceso de adhesión como miembro pleno del Mercosur pueden ser invitados a participar de las reuniones del SGT-4 con derecho a voz, sin voto.

Las decisiones de las comisiones son obligatoriamente consensuadas por todos los países. De modo general, las comisiones discuten técnicamente  los asuntos pertinentes a sus competencias, con vistas a elaboración de proyectos de Resoluciones (GMC) o Decisiones (CMC). Primeramente, los proyectos son elevados a los Coordinadores Nacionales para análisis y revisión. Después de la aprobación por parte de los Coordinadores del Mercosur Financiero (SGT-4), el proyecto es encaminado en las dos lenguas oficiales del Mercosur (español y portugués) al Grupo Mercado Común.

El mismo procedimiento es aplicado a los acuerdos que, cuando convergentes con las normativas internas, son incorporados automáticamente a la legislación de cada país-miembro sin la necesidad de trámite por los poderes legislativos.